Obra Prima Maximus/Mendoza
PROHÍBASE EL EXPENDIDO DE BEBIDAS EMBRIAGANTES A MENORES DE EDAD, LEY 124 DE 1994.
EL EXCESO DE ALCOHOL ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD, LEY 30 DE 1986.
PROHÍBASE EL EXPENDIDO DE BEBIDAS EMBRIAGANTES A MENORES DE EDAD, LEY 124 DE 1994.
EL EXCESO DE ALCOHOL ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD, LEY 30 DE 1986.